​Cohemo, Casli, Grupo JPG y SDLE, expedientadas por manipular licitaciones de material militar
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​Cohemo, Casli, Grupo JPG y SDLE, expedientadas por manipular licitaciones de material militar

La CNMC efectuó registros en las sedes de las cuatro empresas en junio y noviembre del año pasado
Taller mantenimiento ejercito de tierra
Taller de mantenimiento del Ejército de Tierra. Foto: Ejército de Tierra
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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha abierto un expediente sancionador contra las compañías Comercial Hernando Moreno (Cohemo), Casli, Grupo de Ingeniería, Reconstrucción y Recambios JPG y Star Defence Logistics & Engineering (SDLE) por manipular licitaciones de material militar. En el caso de Casli, también está implicada por responsabilidad solidaria su matriz Inversiones Certin 5.

Las cuatro empresas habrían creado un cártel para repartirse contratos del Ministerio de Defensa. La CNMC detalla en un comunicado que el expediente se ha iniciado por “posibles prácticas restrictivas de la competencia, consistentes en acuerdos para la manipulación y reparto de licitaciones convocadas por España para el suministro, mantenimiento y la modernización del material militar”.

Los días 9 y 10 de junio de 2021, la CNMC inspeccionó las sedes Cohemo y SDLE. Posteriormente, los días 3 y 4 de noviembre, se llevaron a cabo otras inspecciones en las sedes de Casli y Grupo JPG. A partir de la información recabada, la Dirección de Competencia ha incoado un expediente sancionador. “Se abre un periodo máximo de 18 meses para su instrucción y para su resolución, sin que la incoación de éste prejuzgue el resultado final de la investigación”, subraya.

La CNMC ya informó el pasado mes de noviembre de una investigación por “posibles prácticas anticompetitivas” en licitaciones del Ministerio de Defensa. Entonces, no dio información de las empresas involucradas en la trama, aunque anunció que ya se habían producido registros en sus sedes.

Cohemo, Casli, Grupo JPG y SDLE están especializadas en el mantenimiento de vehículos y equipos militares y en el suministro de repuestos. Todas tienen contratos en vigor -en muchos casos millonarios- con el Ejército de Tierra y en algunos van de la mano a través de uniones temporales de empresas. Son empresas relativamente pequeñas con talleres de mantenimiento que han crecido en los últimos años hasta copar el mercado de reparación de vehículos militares. 

Este crecimiento se ha producido, sobre todo, durante los años de limitaciones presupuestarias en las partidas de sostenimiento que han obligado al Ejército de Tierra, y más concretamente al Mando de Apoyo Logístico (MALE), a primar el precio por encima de otros parámetros en los concursos para mantener la operatividad. Esto ha sacado del mercado a empresas más grandes con gastos de estructura que no tienen margen para efectuar grandes rebajas en el precio o en la mano de obra.

En el último año y medio, por ejemplo, Cohemo y SDLE han ganado juntas licitaciones para la puesta a punto de los blindados Centauro la flota de vehículos Urovesa del Ejército. La suma de los dos contratos alcanza los seis millones de euros. Cohemo, por su parte, cerró en noviembre del año pasado otro contrato de 2,4 millones para el mantenimiento contenedores de campaña

Mientras, Grupo JPG se hizo durante 2021 con importantes contratos para la reparación de cadenas de los vehículos del Ejército y el mantenimiento de los camiones Iveco de la UME y los blindados de cadenas Pizarro de Tierra. Solo este último está valorado en nueve millones. Grupo JPG y Cohemo también tienen una alianza para la modernización de los simuladores del carro Leopard 2A4 español.

Lucha contra los cárteles

La investigación de los cárteles constituye una de las prioridades de actuación de la CNMC, dada la especial gravedad de sus consecuencias para los consumidores y para el correcto funcionamiento de los mercados.

Por ello, la Comisión cuenta, entre otros instrumentos, con el Programa de Clemencia, que permite a las empresas que forman parte de un cártel beneficiarse de la exención del pago de la multa, siempre y cuando aporten elementos de prueba que posibiliten a la CNMC su detección. Además, a estas empresas no les sería de aplicación la prohibición de contratar con las Administraciones Públicas, como se establece en el artículo 72.5 de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público, si resultaran finalmente sancionadas.  




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