La Subsecretaría para las Fuerzas Armadas de Chile emitió el 21 de octubre el Decreto Exento N° 958 que llama a servicio activo, con fines de desempeño profesional, a los reservistas del Ejército para apoyar las labores del personal institucional desplegado en las zonas bajo Estado de Emergencia.
La decisión fue adoptada considerando los Estados de Excepción Constitucional de Emergencia vigentes en comunas de 15 regiones del país, que tal como publicó Infodefensa.com, han sido decretados para garantizar y restablecer el orden público tras una serie de manifestaciones que han provocado violencia, vandalismo, delincuencia y múltiples saqueos en diversas ciudades del país.
Los reservistas se incorporarán de manera progresiva, según las necesidades de sus respectivas Unidades Base de Movilización (UBM), y realizarán labores administrativas y de apoyo logístico por un lapso de hasta 13 días lo que permitirá al personal de planta concentrarse en tareas de orden y seguridad pública.
El personal de reserva llamado al servicio activo tendrá derecho, durante su permanencia, a ser provisto gratuitamente por el Estado de equipo militar, alojamiento, vestuario, transporte y alimentación, de acuerdo con la reglamentación institucional, y a recibir de parte de su empleador el total de remuneraciones que estuviere percibiendo a la fecha de ser convocado.
La institución tiene 44 UBM distribuidas desde Arica a Porvenir integradas por más de 3.500 hombres y mujeres que dividen su desarrollo profesional entre su ocupación laboral y la carrera militar. La reserva se compone de ciudadanos de 18 a 45 años de edad que pueden ingresar con instrucción militar o sin ella y personal en retiro proveniente de las escuelas matrices y de la planta de las Fuerzas Armadas. Además forman parte los mayores de 45 años que en razón de su grado o capacidad sean útiles a las instituciones armadas y que voluntariamente deseen participar en sus actividades.
El Decreto Exento N° 958 convoca a los reservistas de la 3ª Brigada Acorazada La Concepción, Brigada Motorizada N° 1 Calama, Regimiento N° 23 Copiapó y Regimiento Logístico N° 1 Tocopilla de la I División de Ejército y Brigada Maipo, Regimiento N° 16 Talca, Regimiento N° 19 Colchagua, Regimiento N° 21 Coquimbo, Regimiento N° 6 Chacabuco, Regimiento N° 9 Chillán, Regimiento de Artillería N° 1 Tacna y Regimiento de Infantería N° 1 Buin de la II División Motorizada.
La norma considera el llamado al servicio activo de los reservistas del Destacamento de Montaña N° 8 Tucapel, Batallón de Telecomunicaciones Divisionario N° 4 Membrillar, Destacamento de Montaña N° 3 Yungay, Destacamento de Montaña N° 9 Arauco, Destacamento de Montaña N° 17 Los Ángeles, Regimiento de Caballería N° 3 Húsares y Regimiento N° 12 Sangra de la III División de Montaña y el Destacamento Motorizado N° 14 Aysén y el Regimiento N° 8 Chiloé de la IV División de Ejército.
El documento contempla a los reservistas de la 4ª Brigada Acorazada Chorrillos. Destacamento Acorazado N° 5 Lanceros, Regimiento N° 10 Pudeto y Regimiento Logístico N° 5 Magallanes de la V División de Ejército y la 1ª Brigada Acorazada Coraceros, 2ª Brigada Acorazada Cazadores, Brigada Motorizada N° 24 Huamachuco, Brigada Motorizada N° 4 Rancagua y Regimiento Logístico N° 6 Pisagua de la VI División de Ejército.
El decreto abarca también a los reservistas del Regimiento de Escolta Presidencial N° 1 Granaderos y Regimiento de Policía Militar N° 1 Santiago de la Comandancia General de la Guarnición Ejército de la Región Metropolitana y Escuela Militar, Escuela de Infantería, Escuela de Ingenieros, Escuela de Telecomunicaciones y Escuela de Artillería de la División de Educación.
Se incorporarán además los reservistas del Regimiento Logístico de Ejército N° 1 Bellavista y Regimiento Logístico de Ejército N° 2 Arsenales de Guerra de la División Logística; Hospital Militar de Santiago y Hospital Militar del Norte del Comando de Salud y la Brigada de Aviación de Ejército (Bave).