Perú asegura 179 aeronaves de sus Fuerzas Armadas
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Perú asegura 179 aeronaves de sus Fuerzas Armadas

El contrato comprende desde marzo 2024 y febrero 2025, y la cobertura es de nivel mundial, salvo en la zona geográfica que abarcan Rusia, Ucrania y Bielorrusia
Los dos aviones KC-130H Hercules en el Callao. Foto: Ministerio de Defensa del Perú
Los dos KC-130H de la Fuerza Aérea del Perú. Foto: Ministerio de Defensa del Perú
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La Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas de Perú (Acffaa) ha organizado un proceso de selección para elegir una compañía aseguradora —que emita un póliza de seguros en los mejores términos— para el parque aéreo de los tres institutos armados nacionales. El contrato estipula que se tratará del periodo comprendido entre el 1 de marzo de 2024 (29 de febrero de 2024, para la Fuerza Aérea del Perú) y el 28 de febrero de 2025.

A diferencia de años anteriores, el sector Defensa ha considerado conveniente catalogar como 'información confidencial' a la relación de aeronaves a asegurar, el reporte actualizado de siniestralidad de los últimos cinco años, el listado de información de pilotos y el reporte de abonos por lay-up (períodos de uso nulo de las aeronaves, que reducen la prima).

El Ejército del Perú busca asegurar 44 aeronaves, la Marina de Guerra del Perú hará lo propio con 18 aeronaves y la Fuerza Aérea del Perú cubrirá el uso de 117 aeronaves.

La cobertura es de nivel mundial, salvo en la zona geográfica que abarcan Rusia, Ucrania y Bielorrusia, debido a la situación de guerra que atraviesan.

El Ejército del Perú cuenta con los servicios de Sifuentes Olaechea Corredores de Seguros S.A.C. como corredor de seguros, con una comisión del 3 %, a ser considerada en la estructura de costes, mientras que la Marina y Fuerza Aérea no trabajan con corredores.

La póliza de seguros cubre contra pérdida o daño accidental; producto de operaciones; uso; mantenimiento; estando en vuelo, carretando o en tierra. La cobertura de casco comprende la reposición, reemplazo, pago por reparación de pérdida o daño accidental, total o parcial, incluyendo desaparición en caso que la aeronave no se reporte a los 15 días de iniciado un vuelo. También se cubren los gastos en que incurra el asegurado en caso tenga que poner a resguardo una aeronave tras daño o aterrizaje forzoso, hasta el 10 % del monto asegurable o 500 mil dólares, lo que resulte mayor.

La responsabilidad civil legal del asegurado y accidentes personales de pasajeros y tripulantes, mientras estén en vuelo, incluyendo embarque y desembarque, también está cubierto. Casco guerra cubre por riesgos de guerra; invasión; terrorismo; actos políticos; daños maliciosos; huelgas; tumultos populares; motines; conmociones civiles; disturbios laborales; vandalismo o sabotaje; confiscación; nacionalización; detención; apropiación; requisición; a título; uso bajo orden de cualquier Gobierno sea civil o de facto; secuestro o cualquier retención o error en el ejercicio del control de la aeronave o la tripulación de vuelo, hecho por cualquier persona o personas a bordo del avión, actuando sin consentimiento del asegurado.



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