El Gobierno explicará en la Comisión de Presupuesto el recorte de fondos para las FFAA de Chile
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El Gobierno explicará en la Comisión de Presupuesto el recorte de fondos para las FFAA de Chile

La norma afecta la adquisición y el mantenimiento, el sostenimiento y la actualización de las capacidades estratégicas existentes
Helicóptero Airbus AS333F1 Cougar operando con la fragata antisubmarina FF 07 Almirante Lynch en el ejercicio Teamwork South 2023 Foto Armada de Chile
Helicóptero Airbus AS333F1 Cougar operando con la fragata antisubmarina FF-07 Almirante Lynch en el ejercicio Teamwork South 2023. Foto: Armada de Chile
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La directora de Presupuestos, Javiera Martínez, expondrá en la Comisión Especial Mixta de Presupuesto del Congreso el alcance del artículo 35 del proyecto de Ley de Presupuestos año 2024 que suspende el Fondo de Contingencia Estratégico y el aporte basal que financia el material bélico de las Fuerzas Armadas de Chile e infraestructura asociada y sus gastos de sostenimiento. 

Como publicó Infodefensa.com, la autoridad fue invitada a la sesión del martes del 17 de octubre de la Comisión de Defensa del Senado, junto con el subsecretario de Defensa, Ricardo Montero, quien tampoco asistió por motivos impostergables de su agenda, para explicar el porqué se tomó esa decisión en el proyecto de Ley de Presupuestos 2024 actualmente en tramitación en el Congreso Nacional.

El artículo 35 del proyecto de Ley de Presupuestos 2024 señala: "Suspéndanse, durante el año 2024, las obligaciones contenidas en el artículo tercero transitorio de la ley N° 21.174, así como el aporte a que se refiere el artículo 101 de la ley N° 18.948, Orgánica Constitucional de las Fuerzas Armadas, y el artículo octavo transitorio de la señalada ley N° 21.174".

El jefe de gabinete de la directora de Presupuestos envío un oficio a la Comisión de Defensa del Senado, agradeciendo la invitación y el interés de sus integrantes, y manifestó que sobre esa materia y considerando los plazos acotados para la discusión del proyecto de Ley de Presupuestos, corresponde a la Comisión Especial Mixta de Presupuesto realizar el estudio de esa iniciativa presentada por el Gobierno.

Capacidades estratégicas de Defensa

La Ley N°21.174, que fue aprobada en julio del 2019, derogó la Ley N° 13.196, Reservada del Cobre, que establecía un impuesto del 10% a la ventas anuales de la Corporación del Cobre (Codelco), por un nuevo sistema de financiamiento de las capacidades estratégicas de la defensa de carácter plurianual, estable, transparente y con amplios controles civiles y democráticos.

La normativa incorporó un criterio orientador para planificar el desarrollo de la Defensa con una duración no menor a ocho años. Esto incluye un plan cuatrienal de inversiones, supervisado por la Contraloría General de la República, y que se presenta ante las comisiones técnicas del Senado y de la Cámara de Diputados.

Asimismo, estableció que la Ley de Presupuestos de cada año deberá contener la proyección del aporte anual del año cuarto, considerando el programa cuatrienal de inversiones, para la aprobación del Congreso Nacional.

Fondo plurianual

En el marco de este mecanismo de financiamiento de las Fuerzas Armadas, la Contraloría además supervisa los decretos que aprueban el programa cuatrienal de inversiones y fiscaliza el financiamiento, inversiones y gastos relacionados con las Capacidades Estratégicas de Defensa.

También estableció un Fondo Plurianual de Capacidades Estratégicas para la estabilidad a las inversiones, a mediano y largo plazo de material bélico, infraestructura asociada y gastos de sostenimiento, así como un consejo a cargo de la programación y control de flujos financieros.

Para mantener, sostener y actualizar las capacidades estratégicas existentes de las Fuerzas Armadas se establece un aporte basal, y se crea un Fondo de Contingencia Estratégico, a cargo del Banco Central, que permitirá enfrentar situaciones de crisis y financiar material bélico severamente dañado como consecuencia de emergencias o catástrofes.

Según esta normativa, el aporte basal corresponde a un monto promedio de los aportes basales enterados al Fondo Plurianial en los seis años inmediatamente anteriores al año en que se aprueba el aporte anual.



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