El Gobierno de Chile rechaza el reclamo de Argentina por delimitación marítima austral
EDICIÓN
| INFODRON | INFOESPACIAL | MUNDOMILITAR | TV
Defensa >

El Gobierno de Chile rechaza el reclamo de Argentina por delimitación marítima austral

Fragata antisubmarina FF-07 Almirante Lynch navegando en el Cabo de Hornos. Foto: Armada de Chile
|

El presidente de Chile, Sebastián Piñera, manifestó que el país defiende su soberanía tras haber publicado el viernes 27 de agosto la actualización de la Carta Náutica N° 8 que incluye una parte de la plataforma marítima al sur del Mar de Drake y el Cabo de Hornos, y cuya soberanía reclama Argentina.

Piñera indicó en una entrevista al diario El Mercurio que “acabamos de publicar la actualización de la Carta Náutica N° 8, que establece los derechos soberanos chilenos sobre lo que se denomina la plataforma continental ”. Y que con esto, “Chile lo que está haciendo es ejercer su derecho y declarar su plataforma continental (...) es ejercer su derecho de acuerdo al derecho internacional, que es lo que todo país debe hacer”.

El presidente señaló, frente al reclamo argentino, que “lo que estamos haciendo como gobierno es un proceso de continuidad de la política exterior y esperamos en noviembre enviar a la Comisión de Límites de la Plataforma Continental de Naciones Unidas la plataforma continental al oeste de la península antártica”.

El mandatario sostuvo que “hay una sobreposición respecto a la plataforma que ha declarado Argentina al sur del punto F (zona de una superficie de alrededor de 25 km cuadrados) de aproximadamente 5 kilómetros cuadrados. Existe una superposición entre lo que Chile declara y lo que declara Argentina”.

Piñera manifestó estar abierto para resolver esta diferencia con Argentina pero remarcó que "Chile ha planteado su posición y ejercido su derecho de acuerdo al Derecho Internacional y de acuerdo a la Convención del Mar, declarando su plataforma continental al sur del Cabo de Hornos. Tendremos que ver la forma de resolverlo y el primer camino es el diálogo (...) si no llegáramos a acuerdo, existen muchos otros instrumentos a nivel internacional”.

Origen de la controversia


El Decreto Supremo N° 95 del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile con fecha 23 de agosto determinó el límite exterior de la plataforma continental de 200 millas marinas desde Punta Puga, en la Región de Los Lagos, a islas Diego Ramírez, en la Región de Magallanes y Antártica Chilena, y que se extiende por el sur hacia el este del meridiano Cabo de Hornos.

Argentina emitió un comunicado el 28 de agosto acusando a Chile de intentar apropiarse de “una parte de la plataforma continental argentina y de una extensa área de los fondos marinos y oceánicos, espacio marítimo que forma parte del Patrimonio Común de la Humanidad de conformidad con la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar”.

La Cancillería trasandina sostuvo que “la citada pretensión chilena no es aceptable para la República Argentina y plantea una situación que corresponderá resolver a través del diálogo en defensa de los derechos argentinos; de acuerdo a la histórica hermandad de nuestros pueblos y el Derecho Internacional”.

Argentina recalcó que el límite exterior de su plataforma continental está fijada en la Ley Nacional 27.557 del 4 de agosto de 2020, la cual recoge la presentación que efectuaron ante la Comisión de Límites de la Plataforma Continental (CLPC) y que se ajusta al Tratado de Paz y Amistad de 1984, asegurando que ésta fue aprobada por dicha comisión sin objeciones por parte de Chile, sin embargo este país formuló el 11 de mayo una nota verbal a Argentina reiterando que ese trazado limítrofe es inoponible por no ajustarse a los tratados vigentes.

Reparos a la DPDN de Argentina


Este desencuentro se suma a la carta de protesta entregada por el Gobierno de Chile el pasado 4 de agosto a la Embajada de Argentina en Santiago por el contenido de la Directiva de Política de Defensa Nacional (DPDN) que atribuye controles conjuntos sobre zonas magallánicas y el Paso Drake que Chile reivindica como propios, de acuerdo a diferentes tratados suscritos con el país trasandino.

Los reparos apuntan al Capítulo I de la DPDN que señala que “resulta fundamental continuar fortaleciendo la exploración, estudio y control conjunto sobre el Estrecho de Magallanes y el Mar de Hoces (Mar de Drake), espacios estratégicos tanto por su rol como vías navegables naturales entre el Océano Atlántico y el Océano Pacífico como constituir puntos privilegiados de acceso al continente antártico”.

Chile manifestó de forma tajante que "el Estrecho de Magallanes, incluidas sus dos riberas, es territorio soberano chileno en conformidad con lo dispuesto en el Tratado de 1881, lo que ha sido reiterado en el Artículo 10° del Tratado de Paz y Amistad de 1984".

“En consecuencia, Chile rechaza lo planteado por la Argentina en la DPDN sobre un supuesto control conjunto por carecer de sustento jurídico y no resultar procedente en virtud de los tratados aplicables”, agregó la carta.

En cuanto al Mar de Drake, el documento chileno expresa que tampoco existe allí un control conjunto y “que en conformidad con el Derecho Internacional del Mar, seguirá ejerciendo todos los derechos soberanos que le corresponden, así como las libertades reconocidas por la Convención de Naciones Unidos sobre el Derecho del Mar”.



Los comentarios deberán atenerse a las normas de participación. Su incumplimiento podrá ser motivo de expulsión.

Recomendamos


Lo más visto