Los comandantes en jefe del Ejército, Armada y Fuerza Aérea de Chile (FACh) presentaron sus observaciones al proyecto de ley que establece un nuevo Sistema de Compras e Inversiones de las Capacidades Estratégicas de la Defensa Nacional.
Mediante una videoconferencia realizada el 30 de junio, expusieron ante la Comisión de Defensa del Senado el comandante en jefe del Ejército de Chile, general Ricardo Martínez; el comandante en jefe de la Armada, almirante Julio Leiva; y el comandante en jefe de la Fuerza Aérea, general del aire Arturo Merino, acompañados por el ministro de Defensa Nacional, Alberto Espina.
La finalidad de la sesión fue continuar el estudio del proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que establece un nuevo mecanismo de adquisiciones de material bélico, con cargo al Fondo Plurianual para las Capacidades Estratégicas de la Defensa y al Fondo de Contingencia Estratégica. El objetivo del proyecto busca regular, a nivel legal, los aspectos fundamentales del sistema de compras conforme al nuevo mecanismo, así como establecer controles civiles y democráticos adecuados para resguardar el uso correcto y eficiente de los recursos públicos, de acuerdo al plan cuatrienal de inversiones, a la planificación del desarrollo de la Fuerza y a la Política de Defensa Nacional.
El general Martínez destacó aspectos positivos como el control civil, la incorporación de nuevas causales de trato directo, la creación de declaración de intereses para los involucrados en las adquisiciones, la penalización cuando se divulgue información de compras catalogadas como secretas o reservadas, y la creación del registro único de proveedores. Como observación señaló que "la ley entrega un plazo de aplicación, a partir del momento que se aprueba este nuevo sistema, de un año. Nosotros sí creemos que lo que se establece en este proyecto hace mucho más complejo todos los procesos de compra, por lo tanto, creemos que, independientemente del momento que se apruebe esta ley, el plazo para ejecutarlo debiera ser un poco más extenso que el año que se establece en esta propuesta".
Otros aspectos que pueden ser mejorados, según el comandante en jefe del Ejército, se relacionan con la claridad del concepto de los bienes de las instituciones involucradas en las compras; concordancia de la autoridad de los comandantes en jefe para compras urgentes; la calidad de secreto de determinadas compras e inversiones; obras militares (infraestructura), referido al poco tiempo de asignación de presupuestos, como ejemplo, fondos para las licitaciones; lentitud en las compras por la revisión total de legalidad (sin considerar un monto mínimo). "En el caso del Ejército, para este año, están previsto alrededor de 1.800 actos. Con esta norma implica, que si la norma estuviera vigente, todos ellos deberían pasar por una revisión de legalidad, es decir, de cero a 1.800".
El almirante Leiva hizo una presentación con seis observaciones de parte de la Armada de Chile: Decreto Supremo versus inversiones, contratos o compras (estructura en grandes compras, no aplicable a los procesos de mantención de material bélico como unidades navales y aéreas); causal de trato directo que determine montos mínimos; mecanismos de control versus tiempos involucrados (la mantención de un buque tiene en promedio 100 procesos de contratación); especificaciones adicionales que pueden ser agregadas al Decreto Supremo (como urgencia de inversión, revisión del Gabinete del Mindef, condiciones del proceso de compra, modalidad de contratación); Ley de Obras (especificación de asignación de recursos y no aplicabilidad de plazos).
La sexta observación son sugerencias tales como: verificar que el proyecto sea aplicable tanto a las grandes compras como también a las múltiples contrataciones que se realizan en la mantención de las unidades navales; verificar las materias que deben ser incluidas en el Decreto Supremo de manera que no regule temas propios de la ejecución de un proceso de contratación; necesidad de causal de trato directo para contrataciones por montos menores; y la necesidad de modelar y simular proceso de contrataciones de las diferentes ramas de las Fuerzas Armadas de manera de asegurar que los tiempos y recursos humanos en los procesos de control sean compatibles con el principio de eficiencia y eficacia del actuar del Estado.
Referente a la primera observación referida al Decreto Supremo versus inversiones, contratos o compras, el comandante en jefe de la Armada ejemplificó con el presupuesto de combustible militar para fragatas que se asigna en un solo contrato por 9.200.000 dólares (un proceso de compra), comparado al presupuesto de 6.700.000 dólares asignados a 78 contratos para realizar un Período Intermedio de Dique (PID) de una fragata (varios procesos de compras).
El almirante dijo que "es necesario que previo a que se promulgue se haga una modelación de lo que significa incluir procesos nuevos en los que ya están funcionando y determinar de esa manera cuánto tiempo se va a extender el proceso y cuánta gente más se necesita en determinados lugares porque necesariamente va a ver que contratar más gente y finalmente cuánto son los tiempos máximos que se le puede dar a una organización para que efectúe la revisión de determinados contratos".
Además indicó a la Comisión: "A mi derecha, no sé si lo ven, tengo como 20 archivadores respecto de una licitación. Si le pedimos a varias entidades que nos ayuden a verificar y revisar esta licitación, créanme que 15 días no van a ser capaces. Este es un proyecto de larga envergadura, extremadamente complejo en términos técnicos, y donde la capacidad, la experiencia y el conocimiento no necesariamente está divulgado. Aquí hay 15 tomos del proyecto Pidaa (modernización de fragatas antisubmarinas Type 23) que están en inglés y que por lo tanto dificulta que organizaciones tenga gente que sepa la terminología y además en otro idioma y que por un tema de uso y costumbre que va a alargar innecesariamente todos estos procesos".
El general Merino señaló que la institución comparte en general los términos del proyecto de ley presidencial. "Sabido es que la función de Defensa -una función permanente, exclusiva e indelegable del Estado- se ejerce de mejor y de manera más integral si cuenta con una amplia base de apoyo ciudadano. Ahora bien, una parte de dicho apoyo emana de la existencia de mecanismos que aseguran un adecuado control y la necesaria transparencia que le está indisolublemente asociada. Por cierto, en el caso del gasto en Defensa, los mecanismos de control y publicidad deben asegurar también los niveles de reserva que inevitablemente deberá tener".
Añadió que "este es un ejercicio nada fácil, pero en opinión de la Fuerza Aérea, el proyecto que convoca esta Comisión, reconoce el equilibrio necesario entre publicidad y reserva y, en lo general, entre control y eficiencia. En este sentido, la Fuerza Aérea de Chile como institución permanente del Estado se adhiere a estos principios y promueve su respeto en forma irrestricta y sin excepción".
El comandante en jefe de la FACh, junto con mencionar que comparte los aspectos indicados por los comandantes en jefe del Ejército y Armada, destacó que "me permito hacer centro de gravedad en un aspecto que de materializarse el proyecto de ley tal como se encuentra escrito podría afectar el normal funcionamiento de la institución en términos de su capacidad operacional". Agregó que el proyecto contiene una detallada definición de material bélico como "los sistemas, conjuntos, subconjuntos, elementos, repuestos, piezas o partes para la fabricación, integración, mantenimiento, reparación, mejoramiento y armaduría de estos, necesarios para la Defensa Nacional". El general indicó que "la definición continúa y dice que, asimismo, se entenderá como parte de dicho material, entre otros, los vehículos, naves, aeronaves, armas, armamentos, todo tipo de municiones, cohetes, misiles, bombas, torpedos... Y hace una completa descripción de todos ellos. Y finalmente termina la definición: que se comprenderán los gastos de capacitación, transferencia tecnológica, combustible, lubricantes, transportes, seguros y todos los gastos inherentes asociados directamente a dichas adquisiciones".
El general Merino dijo que la facultad de adquirir material de guerra pertenece única y exclusivamente a su excelencia, el presidente de la República. Al existir una definición detallada y descriptiva del material bélico, podría haber un inconveniente debido a los elevados tiempos de tramitación de la solicitud de Decreto Supremo y en la toma de razón ante la Contraloría General de la República de aquellas compras inferiores a 10.000 UTM (cerca de 630.000 dólares). "Al calificar de material bélico bienes como, por ejemplo, repuestos, combustibles, lubricantes, capacitación, vestuario de combate, y protección del personal de uso militar, se entiende que su compra debe autorizarse por Decreto Supremo". Detalló que: "esta modalidad resulta altamente crítica para la actividad aérea, sobre todo en lo relativo a los repuestos, vestuarios, combustibles, y lubricantes, inclusive lo referente a la capacitación, entre otros, que se adquieren con presupuestos de actividades generales (Aporte Fiscal Libre, AFL), tanto para el funcionamiento normal de la institución como en determinadas circunstancias de crisis".
Según el general, los elementos antes señalados requieren ser adquiridos rápidamente ya que la demora podría afectar la operatividad y el alistamiento de la flota. Como ejemplo, el 18 de junio, "se presentó una falla de uno de nuestros aviones, el G-IV, que estaba operando en apoyo a la ciudadanía en la pandemia, y falló un rotable, un generador, y el avión obviamente quedó fuera de vuelo. La empresa Gulfstream, con fecha 29 de junio de 2020, lo envió a Chile y el avión quedó en vuelo en solo 14 días. Si nosotros aplicáramos lo que aparece en el proyecto de ley, debido al concepto de repuesto dentro de la definición de material bélico y debido a que debiera ir un decreto presidencial y toma razón por parte de la Contraloría General de la República los pedidos para que el avión volviera a vuelo se demoraría alrededor de seis meses, por lo tanto, el avión quedaría sin condición de vuelo, sin poder aportar a la pandemia, durante seis meses".
Por lo anterior, el general entregó una proposición para definir el concepto de material bélico de tal forma que permitiría adquirir determinados elementos de uso general que no se considerarían material bélico.
El ministro Espina acotó que este proyecto de ley fue revisado y consultado con las Fuerzas Armadas y se han incorporado cambios para perfeccionarlo. "Todas esas sugerencias que digan relación cómo logramos el equilibrio entre medidas claras de fiscalización no signifique que se retrace la renovación del material bélico y de nuevo equipamiento, sobre todo considerando que cuando Chile compra un nuevo equipamiento, por las condiciones económicas de nuestro país, nosotros tenemos que estudiarlas bien... La verdad es que siempre hay otros países que están interesados en aquello que nosotros vamos a comprar... Quiero poner de ejemplo las fragatas que se adquirieron. Fue una adquisición que se hizo en un tiempo muy razonable pero si no se perdían, se las podía adjudicar otro país. Lo mismo nos puede pasar en la mantención de los aviones de combate F-16, o en todo lo que es la renovación que nosotros queremos hacer y actualizar de las unidades acorazadas del Ejército de Chile".
Finalizó, destacando que "son medidas en las que tenemos que mezclar la velocidad de la compra con las medidas de transparencia. No se puede sacrificar ninguna de las dos y, por lo tanto, todo lo que signifique ayudar a despejar esas dudas lo tenemos claro y los comandantes en jefe saben perfectamente bien que ese es el espíritu que me anima a mí como ministro de Defensa y que es el objetivo de haberlos invitado a esta sesión para que podamos conversar con total transparencia".
Imágenes: Senado de la República de Chile.