Chile flexibilizará los aportes al Fondo de Capacidades Estratégicas de Defensa
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Chile flexibilizará los aportes al Fondo de Capacidades Estratégicas de Defensa

La postergación no afectará las obligaciones contraídas en años anteriores ni las nuevas inversiones que se autoricen en 2024
Lanzamiento de misil antibuque Harpoon desde una fragata Type 23 Imagen Armada de Chile 002
Lanzamiento de misil antibuque Harpoon desde una fragata antisubmarina Type 23 de la Escuadra Nacional. Firma Armada de Chile
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La Ley de Presupuestos 2024, aprobada por el Congreso Nacional, pemitirá al Gobierno de Chile postergar el traspaso de saldos al Fondo Plurianual para las Capacidades Estratégicas de la Defensa y al Fondo de Contingencia Estratégica según lo establecido en la Ley N°21.174 que fijó un nuevo mecanismo de financiamiento para las compras de material bélico de las Fuerzas Armadas.

El artículo 35 del proyecto de Ley de Presupuestos 2024, como publicó Infodefensa.comseñalaba originalmente: "Suspéndanse, durante el año 2024, las obligaciones contenidas en el artículo tercero transitorio de la ley N° 21.174, así como el aporte a que se refiere el artículo 101 de la ley N° 18.948, Orgánica Constitucional de las Fuerzas Armadas, y el artículo octavo transitorio de la señalada ley N° 21.174".

Tras diversos cuestionamientos de los alcances de esta medida por congresistas de diversas bancadas políticas, que estimaban que pondría en riesgo la capacidad de las Fuerzas Armadas para cumplir sus misiones al afectar la operatividad y el sostenimiento del equipo militar, el Poder Ejecutivo introdujo modificaciones a ese artículo para garantizar la continuidad de los programas.

De esta manera, la postergación, que se autoriza a contar de la fecha de publicación de la Ley de Presupuestos 2024 y hasta su vigencia, no afectará el cumplimiento de las obligaciones contraídas en años anteriores, ni las nuevas inversiones que se autoricen en el transcurso del año 2024 en virtud de las mismas disposiciones, a las cuales se les asegurará su debido financiamiento.

Asimismo, la norma establece que el Ministerio de Hacienda deberá informar semestralmente a las comisiones de Presupuestos y Defensa Nacional de ambas cámaras sobre la forma en que proyecta cumplir con los aportes suspendidos, así como aquellos que se hubieren postergado o diferido en virtud de otras leyes.



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