El presidente de la República de Chile, Sebastián Piñera, confirmó que Carabineros está inaugurando un nuevo Protocolo para el Mantenimiento y Restablecimiento del Orden Público.
En su reciente visita a la Región de La Araucanía, el mandatario señaló que "los pilares de este nuevo procedimiento son, primero, proteger la vida y la seguridad de todas las personas. Segundo, estar sujetas al control de la sociedad civil y, tercero, respetar los derechos humanos de todos".
"Este nuevo protocolo tiene seis etapas que se han basado en la experiencia de las mejores policías del mundo. Primero, una etapa de contención frente a las manifestaciones. Segundo, una etapa de disuasión en que se intenta dialogar y disuadir a aquellas personas que pudan estar cometiendo actos ilegales o de violencia. Tercero, despejar. Cuarto, dispersión de la gente que está reunida sin respeto por la ley. Quinto, detención de aquellos que están cometiendo delitos. Y sexto, una etapa en que deben rendir cuentas al Ministerio del Interior a través de una auditoría de cómo se realizaron los protocolos", dijo el presidente.
El diario local La Tercera publicó que el nuevo procedimiento indica que “todas las personas tienen derecho a participar en reuniones lícitas, esto es, pacíficas y sin armas, de conformidad a las garantías que confiere la Constitución, las leyes y los derechos consagrados en los principales instrumentos jurídicos internacionales de derechos humanos”.
En detalle, las etapas de acción ante hechos ilícitos son:
-Contención: En caso de decidir actuar ante acciones ilícitas, el personal policial deberá contener en un punto geográfico o línea determinada para evitar su expansión más allá del sector donde estas se producen, utilizando personal de infantería o vehículos tácticos, dependiendo de las condiciones de seguridad. Además, agrega que cuando se cuente con unidades especializadas para el control del orden público, serán aquellos quienes desarrollen esta tarea.
-Disuasión: Carabineros utilizará los medios audibles disponibles en la forma más apropiada para que sea escuchado por todo el público (verificará la dirección del viento, acústica, intervención de ruidos extraños, etc. Las instrucciones deberán comunicarse hacia los manifestantes y personas que estén cometiendo ilícito, en tono imperativo, utilizando frases claras y cortas, manteniendo el trato propio de la autoridad bien posicionada del cargo e identificando las acciones cuyo cese se ordena.
-Despeje: Si las instrucciones no son atendidas y quienes cometieran acciones ilícitas no depusieren su actitud, se instruirá el retiro del lugar en que se están produciendo dichas acciones y se informará que se procederá al despeje del lugar mediante personal a pie y el uso de vehículos tácticos, en caso de contar con ellos. Las instrucciones se comunicarán tres veces por altavoces, pidiendo atención especialmente para niños y mujeres embarazadas. Para la ejecución del despeje, se facilitará una vía para salir del lugar.
-Dispersión: Si no hay caso con el despeje, Carabineros deberá comunicar, al menos tres veces por altavoces, instrucciones para el cese de las acciones ilícitas y deberá proceder en forma gradual con el uso de la fuerza: altavoz, baliza y sirena, evoluciones de aproximación sin uso de agua, con uso de agua y agentes químicos para control de orden público. Los vehículos lanzaguas actuarán en conjunto y coordinados con los vehículos tácticos de reacción, en caso de ser necesario, para lograr el objetivo de la dispersión.
-Detención: Carabineros detendrá a las personas que estén cometiendo actos ilícitos, utilizando técnicas de reducción y el uso de la fuerza descrito en el Manual de Técnicas de Intervención Policial para Carabineros, debiendo identificar a los funcionarios que llevaron a cabo el arresto y poner todos los hechos a disposición del Ministerio Público. No se debe realizar detenciones masivas e indiscriminadas. En caso de no haber detenidos, la unidad territorial deberá realizar la denuncia al tribunal.
-Auditoría: Con posterioridad a las intervenciones ante acciones ilícitas se deberá elaborar un informe respecto a la aplicación del protocolo, dando cuenta del cumplimiento de las etapas ya referidas previamente. Dicho informe se elaborará en base a un formulario aprobado por el Director Nacional de Orden y Seguridad y el Contralor General de la Carabineros. Además, se efectuarán revisiones del cumplimiento del protocolo, las que quedarán a disposición de la Auditoría Ministerial para su evaluación.