La Audiencia Nacional ha dejado en suspenso la multa de más de 6 millones de euros que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) impuso el pasado mes de julio de 2023 a cuatro empresas de Defensa Comercial Hernando Moreno Cohemo (Cohemo); Star Defence Logistics & Engineering (SDLE); Grupo de Ingeniería, Reconstrucción y Recambios (JPG); y Casli, S.A. (Casli) por dos supuestos casos de creación de cárteles. No obstante, se ha exigido a las empresas un aval bancario o garantía que aseguren el pago si finalmente el tribunal da la razón a la CNMC.
Las medidas cautelares han sido aceptadas, según ha publicado el diario Cinco Días, en base a la jurisprudencia del Tribunal Supremo, para evitar daños económicos “difícilmente reversibles” a las compañías ante una eventual sentencia que anule las sanciones.
Los argumentos de las empresas que ha asumido la Audiencia Nacional, siempre según Cinco Días, son similares. Cohemo afirma que no tiene dinero para pagar 1,5 millones de euros y que hacerlo antes antes de conocer la sentencia, sería un problema porque estarían obligados a buscar financiación externa. Para SDLE, el problema es el mismo, pero además añade que pagar su multa les impediría participar en las licitaciones que exijan acreditar solvencia. SDLE, además, intentó evitar el aval bancario alegando que para reunir el dinero se vería obligada a hipotecar sus naves. Por su parte, JPG asegura que solo por hacerse pública la resolución de la CNMC ya han perdido licitaciones y que, como las demás, la multa supondría un 74% del resultado del último ejercicio llevándola a una situación muy complicada financieramente.
Los casos por los que han sido acusadas estas empresa son dos. Por un lado, Cohemo, SDLE; y JPG fueron sancionadas por, según la CNMC, repartirse licitaciones relacionadas con el suministro, el mantenimiento y la modernización de vehículos militares entre enero de 2016 y junio de 2021. En segundo lugar,Cohemo y Casli fueron multadas por manipular un acuerdo marco para comprar contenedores militares entre septiembre de 2019 y noviembre de 2021.
La CNMC concluye que las empresas se repartieron contratos. “En concreto, llevaron a cabo pactos de no concurrencia, emitieron ofertas de cobertura, retiraron o no justificaron ofertas, e instrumentalizaron el sistema de colaboración temporal entre empresas (UTE)”, explica en la nota.
Las multas ascienden a más de 6 millones de euros. El reparto es el siguiente: Cohemo (1.067.944 euros, del primer cártel, y 450.000 euros, del segundo); SDLE (3.302.912 euros); JPG (1.304.220 euros) y Casli (100.000 euros). La CNMC inició la investigación en 2021, como publicó Infodefensa.com. Los directivos sancionados son Aurelio Estrella Río, Manuel Estrella Río, Raúl Pérez Guerrero, Sergio Hernando Moreno, Óscar Agudo Sánchez y Antonio Molina Baltanás.
Contratos valorados en 60 millones
Los acuerdos anticompetitivos afectaron a casi un centenar de contratos, valorados en 60 millones de euros: 13 acuerdos marcos (AM), sus correspondientes 81 contratos (CBAM), y otros 10 contratos públicos. Estas licitaciones estaban relacionadas con el mantenimiento de vehículos militares (como los Centauro, Leopard, Pizarro, BMR, VEC y RG-31) y material de campamento.
Este tipo de acuerdos anticompetitivos están prohibidos en el artículo 1 de la Ley 15/2007, de Defensa de la Competencia, y suponen una infracción muy grave constitutiva de cártel que puede ser sancionada hasta con un 10% del volumen de negocios de las empresas, recuerda la CNMC.
Prohibición de contratar
La CNMC también considera que corresponde aplicar a las empresas la prohibición de contratar prevista en el artículo 71.1.b) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP). Sin embargo, añade, “valora positivamente algunos de los programas de cumplimiento normativo que han presentado las empresas sancionadas, y les ha pedido revisarlos dentro de seis meses”. “Si la CNMC considera que las empresas siguen teniendo la voluntad de cumplimiento y promoción de la cultura de defensa de la competencia propondrá a la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado que tenga en cuenta sus programas a los efectos del artículo 72.5 LCSP”, matiza Competencia.
No obstante, según ha explicado Cohemo a infodefensa.com, “la prohibición de contrato no se ha impuesto porque la CNMC carece de competencias para acordarla; la potestad para imponer la prohibición de contratar corresponde al Ministerio de Hacienda a propuesta a la Junta de Consultiva de Contratación del Estado”. Y agrega: “Mientras la prohibición de contratar no se imponga y se ratifique por un tribunal, la Administración está obligada a aceptar a la compañía en todas las licitaciones y adjudicarle los contratos a los que tenga derecho”.
A continuación, puede acceder al expediente y la comunicación que la CNMC difundió sobre este caso.
S/0008/21: Expediente Licitaciones material militar
Comunicación 1/2023 de 13 de junio sobre criterios para la determinación de la prohibición de contratar por falseamiento de la competencia
Segundo proceso para SDLE
Este no es el único caso judicial en el que aparece el nombre de SDLE. La Policía Nacional detuvo a finales de enero a cinco personas, cuatro en Madrid y una en Valencia, por su presunta participación en los delitos de contrabando de material de doble uso y contrabando de géneros prohibidos en un caso que el cuerpo lleva investigando desde el año 2021. Según han publicado medios como El Independiente o El Español, los cuatro detenidos en Madrid pertenecen a SDLE y el quinto, de nacionalidad libia, está considerado el presunto responsable de una importante organización paramilitar en Libia denominada RADA-SDF. En principio, los arrestados, para dos de los cuales fue decretada prisión inicialmente, estarían supuestamente implicados en la exportación ilegal de un sistema antidrón al país africano valorado en más de dos millones de euros.