El presidente Sebastián Piñera reafirmó la postura de Chile tras la actualización de la Carta Náutica N° 8 que incluye una parte de la plataforma marítima al sur del Mar de Drake y el Cabo de Hornos e indicó que el país está ejerciendo sus legítimos derechos ante el reclamo de Argentina que sostiene que Chile intenta apropiarse de su territorio marítimo.
“El 2009 y 2016 Argentina presentó ante la Comisión de Límite de la Plataforma Continental de Naciones Unidas, sus pretensiones. El 2020, aprobó una ley. ¿Qué está haciendo Chile? Estamos ejerciendo nuestros legítimos derechos, como una política de Estado que la hemos conversado con todos los expresidentes, en plena conformidad con el derecho internacional, con la Convención del Mar y con el Tratado de Paz y Amistad con Argentina”, aseguró Piñera.
El mandatario agregó que "estamos declarando y ejerciendo nuestros derechos de las plataformas continentales que les corresponden a Chile. Y por supuesto sabemos que hay una sobre posición, hay 5.000 km² de los 25.000 km² que ha declarado Chile en que hay una sobre posición en la parte sur del Mar de Drake, con Argentina".
Piñera señaló que la forma de resolver esta diferencia con Argentina es “como lo hacen países que actúan con sabiduría y con prudencia, a través del diálogo y los acuerdos. Quiero solamente plantearles a todos mis compatriotas que estamos ejerciendo nuestros legítimos derechos y eso es una obligación que tienen todos los presidentes y así lo han entendido todos los presidentes de nuestro país".
El problema se origina por una interpretación argentina del Tratado de Paz y Amistad de 1984. Este acuerdo fija el dominio de las islas ubicadas en la mitad norte del Canal Beagle a Argentina y las situadas hacia el sur a Chile, reconociéndole a este último país la soberanía de las islas que se encuentran hacia el sur y sudeste hasta el Cabo de Hornos.
Según Argentina, su plataforma continental se extiende más al sur de los seis puntos que fijaron el límite marítimo al sur del Cabo de Hornos. Sin embargo, el mismo Tratado de Paz y Amistad de 1984 señala que al sur del punto más austral se prolongará la Zona Económica Exclusiva de Chile.
El documento indica que “al sur del punto final del límite (punto F), la Zona Económica Exclusiva de la República de Chile se prolongará, hasta la distancia permitida por el Derecho Internacional, al Occidente del meridiano 67° 16’,0 de longitud Oeste, deslindando al Oriente con el alta mar”.
El Decreto Supremo N° 95 del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile, como publicó Indodefensa.com, determinó el límite exterior de la plataforma continental de 200 millas marinas desde Punta Puga, en la Región de Los Lagos, a islas Diego Ramírez, en la Región de Magallanes y Antática Chile, y que se extiende por el sur hacia el este del meridiano Cabo de Hornos.
Argentina emitió un comunicado el 28 de agosto acusando a Chile de intentar apropiarse de “una parte de la plataforma continental argentina y de una extensa área de los fondos marinos y oceánicos, espacio marítimo que forma parte del Patrimonio Común de la Humanidad de conformidad con la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar”.
La Cancillería trasandina sotuvo que “la citada pretensión chilena no es aceptable para la República Argentina y plantea una situación que corresponderá resolver a través del diálogo en defensa de los derechos argentinos; de acuerdo a la histórica hermandad de nuestros pueblos y el Derecho Internacional”..
Argentina recalcó que el límite exterior de su plataforma continental está fijada en la Ley Nacional 27.557 del 4 de agosto de 2020, la cual recoge la presentación que efectuaron ante la Comisión de Límites de la Plataforma Continental (CLPC) y que se ajusta al Tratado de Paz y Amistad de 1984, asegurando que ésta fue aprobada por dicha comisión sin objeciones por parte de Chile, sin embargo este país formuló el 11 de mayo una nota verbal a Argentina reiterando que ese trazado limítrofe es inoponible por no ajustrase a los tratados vigentes.