​La nueva ley de industria y autonomía estratégica y su impacto sobre la defensa (I)
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​La nueva ley de industria y autonomía estratégica y su impacto sobre la defensa (I)

Robles trubia II
Cadena de montaje de vehículos en la fábrica de armas de Santa Bárbara Sistemas en Trubia. Firma: MDE
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*Por una cuestión de extensión Infodefensa.com presentará el contenido de esta columna de opinión dividido en dos partes.

El anteproyecto de ley de industria y autonomía estratégica va a suponer un cambio normativo importante en este sector económico que, sin duda, tendrá efectos significativos sobre la industria española, en particular la que abastece de bienes y servicios a nuestras necesidades en defensa. Este artículo describe los cambios más importantes que presenta esta nueva ley y analiza su potencial impacto sobre nuestra industria de defensa y en qué medida puede aportar ventajas y beneficios substanciales a la misma. Si bien, es cierto que la nueva norma ofrece novedades importantes parece que todavía tendremos que esperar algún tiempo para ver cómo se substancia su desarrollo y cómo se traduce en acciones e incentivos concretos y específicos de los que podrá beneficiarse este sector industrial.

La nueva ley

Esta ley, cuando se apruebe en el Parlamento, sustituirá a la anterior Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria. Su ámbito de aplicación cubre cualquier actividad industrial que se realice en territorio español. Entre los cambios más significativos que introduce esta nueva ley debemos citar: (1) la elaboración de una Estrategia Industrial de la que se deriven Planes Industriales Estatales que incluirán actividades específicas de promoción del sector; (2) la creación de nuevos organismos para la elaboración, coordinación y ejecución de esta estrategia formados por un Consejo Estatal, una Conferencia Sectorial y un Foro de Alto Nivel; (3) el fomento de la autonomía estratégica a través de la elaboración de Proyectos Industriales Estratégicos y la creación de una Reserva Estratégica basada en las Capacidades Nacionales de Producción Industrial (RECAPI) y la ordenación de posibles proyectos de reindustrialización que se identifiquen como necesarios, y (4) la promoción del talento, la innovación y la cultura industrial. A continuación, comentamos cada uno de estos cuatro cambios principales:

1. El primer aspecto, y posiblemente el más relevante, es el relacionado con una Estrategia Industrial, una cuestión especialmente novedosa y que la ley anterior no consideraba. La idea es elaborar un documento donde se marquen los objetivos principales que pretende alcanzar esta estrategia para, después, elaborar planes estatales que ayuden a alcanzar los objetivos marcados. Estos planes incluirían un conjunto de medidas destinadas a promover y facilitar que la industria la consecución de los citados objetivos.

2. Para realizar esta labor se crean nuevos organismos de coordinación y control. Por una parte, se crea un Consejo Estatal con representación de los diversos Ministerios, una Conferencia Sectorial destinada a coordinar estas actividades con las Comunidades Autónomas y, por último, un Foro de Alto Nivel formado por representantes de la industria que actuará como un órgano de asesoramiento a la hora de elaborar estas políticas y planes.

3. El tercer aspecto novedoso lo constituye el fomento de la autonomía estratégica, que entendemos que hace referencia básicamente al concepto de autonomía estratégica abierta de la Unión Europea (1). Un asunto al que no se le había prestado especial atención en el pasado. Para llevarla a cabo se fomentará la autonomía mediante la identificación la Reserva Estratégica que debe disponer nuestra economía y que permita localizar aquellas capacidades de nuestro sistema industrial que muestren las mayores debilidades, lo que podría desencadenar diversas medidas para reforzarlas (ver la Ley 36/2015, de 28 de septiembre, de Seguridad Nacional y los cometidos del Centro de Coordinación y Promoción de la Industria Estratégica - CECOPIE), incluso las destinadas a reindustrializar determinados sectores de nuestra economía que sean claramente deficitarios.

4. Como último aspecto, y como no podría ser de otra manera, se habla de promover e impulsar el talento, la innovación y la cultura industrial como principales mecanismos para potenciar este sector económico y mejorar el grado de industrialización de nuestra economía que, como señala la propia exposición de motivos, representa un porcentaje del PIB (11,9%) que es inferior a la media de la Unión Europea (14,9%). La consecución de los objetivos en este campo requiere una coordinación especial con la Estrategia Española de Ciencia, Tecnología e Innovación y el Plan Estatal en esta materia.

La nueva ley cita, como aspectos importantes que no figuran en la antigua, conceptos nuevos como los ecosistemas industriales capaces de producir determinados bienes y servicios –algo especialmente importante en un mundo donde la producción industrial requiere una cadena de valor especialmente compleja formada por un gran número de empresas–, y la promoción de la transición digital (uso intensivo de las tecnologías ICT) y la sostenibilidad ambiental (v.g. uso de energías limpias). Hay un aspecto, sin embargo, que queda poco definido con la nueva ley. En particular, los aspectos de coordinación de la política industrial nacional con las políticas que a este respecto plantee la Unión. Esto es importante, pues es necesario que haya una cohesión importante entre las normas nacionales y europeas para ser realmente eficaces. Así, por ejemplo, parece poco apropiado, que todos los Estados miembro busquen, a la vez, autonomía en todos los sectores industriales, siendo más conveniente que se produzca una cierta coordinación para lograr una especialización industrial en actividades industriales caracterizadas por elevadas economías de escala, donde la concentración industrial aporta mayor eficacia, evitando de esta forma duplicidades excesivas y una mayor eficacia a nivel europeo.

Impacto sobre el sector de defensa

Esta ley está prevista para la industria española sin distinción de sectores, por lo que su ámbito tiene un carácter general. Sin embargo, hay aspectos que le pueden influir directamente. Así, si algunas de las empresas del sector se consideran estratégicas estarán en condiciones de recibir ayudas, como por ejemplo préstamos a bajo tipo de interés, para mantenerse en caso de encontrarse en dificultades o necesitan renovar sus capacidades y su tejido productivo. Y sus cadenas de suministros formada por pequeñas y medianas empresas podrían beneficiarse también, si son necesarias para el ecosistema de bienes y servicios que proporcionan, evitando fallos en estas cadenas que produzcan escaseces o desabastecimientos. Este podría ser el caso de algunas empresas tractoras de defensa como Santa Bárbara Sistemas, Airbus, Indra o Navantia, así como de la larga lista de las empresas que forman parte de sus cadenas de suministro. Sin embargo, las ayudas que se concedan tendrán, inevitablemente, un ámbito de reparto más extenso, pues hay otros sectores industriales que posiblemente que se les asigne también una condición de estratégicos, como puede ser el sector de la sanidad, el farmacéutico, el de las tecnologías de la información y las comunicaciones o el sector de la energía por citar solo algunos.

Además, hay que señalar que la nueva ley solo establece el marco general de actuación y remite a la elaboración de normas de rango inferior para su desarrollo e implantación futura, una medida no habitual, pero que la Memoria del Análisis de Impacto considera apropiada para este caso. Será, por lo tanto, el análisis de la configuración final de los órganos de gobierno, la publicación de la primera estrategia y el plan estatal previsto para su materialización, los que aporten información suficiente para permitir evaluar, con razonable precisión, cuál será el impacto final de la nueva ley sobre el sector de defensa y hasta qué punto podrá fomentar este sector de la economía. Esta información permitirá conocer qué capacidades se consideran críticas, qué presupuestos existen para implementar los diferentes planes, o qué indicadores se utilizarán para medir las capacidades existentes o los resultados que se esperan obtener. Se trata de una información que, por el momento, se desconoce. Es decir, en estas condiciones, solo podemos afirmar que esta ley puede amparar futuros apoyos en el sector industrial de la defensa, lo cual puede tener, ciertamente, un efecto positivo sobre la misma.

*Continúa el próximo martes 27/08: La nueva ley de industria y autonomía estratégica y su impacto sobre la defensa (II)

1. Ver sobre este tema Resilient EU 2030




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