DGAM: Las empresas deben coordinar cualquier incidencia en la producción
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DGAM: Las empresas deben coordinar cualquier incidencia en la producción

Sede del Ministerio de Defensa. Foto: MDE
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La Dirección General de Armamento y Material (DGAM) ha informado que las empresas suministradoras "deben coordinar" cualquier incidencia en su producción y cadenas de producción con sus respectivas oficinas de programa, según comunicaron a Infodefensa.com fuentes de dicho departamento del Ministerio de Defensa.

Las fuentes recordaron que la DGAM "no ha paralizado o suspendido temporalmente ninguno de los programas" de modernización de las Fuerzas Armadas. "En el caso de que algún proveedor pueda ver interrumpida temporalmente su cadena de suministros –agregaron dichas fuentes- deberá coordinarlo con la Oficina del Programa correspondiente, que sigue activada".

A la pregunta de cómo deben actuar las compañías suministradores de Defensa en esta situación de emergencia, la DGAM comentó que "los procedimientos ordinarios de los programas de Armamento y Material ya facilitan la gestión de posibles incidencias temporales como la actual".

"En cualquier sentido -subrayaron-, está dirección trabajando en un plan que permita, una vez que se termine el estado de crisis que ha provocado el Covid-19, la recuperación lo antes posible del ritmo normal de todo el potencial industrial y tecnológico".

Mantenimiento esencial para las FFAA

En relación con el Real Decreto-ley 10/2020 que considera estratégicas solo las actividades relacionadas con el mantenimiento de las Fuerzas Armadas, las fuentes de la DGAM respondieron en el sentido que de esta actividad, "es un elemento esencial para la operatividad de las unidades militares que, como se conoce, siguen desarrollando sus funciones permanentes de seguridad".

Agregaron, asimismo, que la Dirección General de Armamento y Material, órgano responsable de la adquisición de los sistemas que necesitan las Fuerzas Armadas españolas, está actuando, como no pude ser de otra manera, según lo establecido por el Gobierno en el RD 10/2020 de 29 de marzo que, en el párrafo 8 de su anexo, establece la excepción a las medidas recogidas en el mismo solo a "las empresas que apoyan el mantenimiento del material y equipos de las Fuerzas Armadas". Lo hace, añadieron, en unas circunstancias extraordinarias de emergencia sanitaria derivada de la lucha contra el Covid-19 y un periodo limitado de tiempo.



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